1. De la resolución impugnada.
En autos, se trata del análisis del Auto de Vista pronunciado con relación a los recursos de apelación presentados por los codemandados Banco FASSIL S.A., y Gaby Eloísa Rojas Villegas , contra la Sentencia emitida dentro el proceso ordinario de anulabilidad de escrituras públicas, por consiguiente, se encuentra dentro de la previsión contenida en los arts. 421.c), 392 y 432 del Código de las Familias y el Proceso Familiar.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1002/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3.De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a) El Auto de Vista impugnado no fundó su decisión en los petitorios de las partes apelantes, aspecto regulado por los arts. 105.I y 265.I del Código Procesal Civil, que establece que su motivación y fundamentación debió estar dirigida a absolver cada uno de los agravios formulados en apelación, sin omitir, exceder o alterar el cuadro recursivo sustanciado.
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
