Auto Supremo AS/1008/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1008/2021

Fecha: 15-Nov-2021

2.

2. Sentencia que fue apelada por Eva Erika Egüez Medina y Wilson Roca Rodríguez, según escrito de fs. 842 a 844 vta., y por Jhonny Gastón Quiroga Fajardo y Josefa Limachi Condori mediante memorial de fs. 846 a 853 vta., y resuelta por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista Nº 35/2021 de 17 de junio, que cursa de fs. 925 a 926 vta., que ANULÓ la Sentencia Nº 277/2020 de 7 de diciembre, con los argumentos siguientes:

En ejercicio del art. 106 del CPC y 17.I de la Ley Nº 025, el Ad quem, expresa que ingresará a revisar de oficio los actuados procesales, verificando que en el caso de autos Eva Erika Egüez Medina y Wilson Roca Rodríguez, contestaron negativamente y reconvinieron por mejor derecho de propiedad, según escrito de fs. 268 a 272, y en sentencia se declara probada la demanda principal e improbada la pretensión reconvencional. El razonamiento expresado en la sentencia resulta ser incongruente en vista de que se dispuso la reivindicación, puesto que el bien inmueble del Sr. Sosa Vaca, del cual los demandados alegan propiedad y posesión es diferente al bien inmueble que pretende los demandantes, aspecto que denota que el bien inmueble pretendido de reivindicación no es la misma que la poseída por los demandados, siendo esta incongruencia manifiesta y relevante.