Auto Supremo AS/1011/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1011/2021

Fecha: 15-Nov-2021

De la respuesta al recurso de casación.

Crecencia Alcocer de Zenteno, mediante escrito cursante de fs. 278 a 281 vta., contestó al recurso de casación argumentando que:

La actora manifiesta que al responder a su demanda los recurrentes asumieron la competencia del Juzgador de materia civil de forma tácita, por lo que no pueden pretender generar ningún debate al respecto; además que el Tribunal de alzada ha efectuado una exposición clara del porque ya no es necesario hoy en día indicar por su nombre técnico la acción que se deduce, ni siquiera hacer cita de las normas legales en las que se funda la pretensión, pudiendo deducirse dicho propósito de una lectura de la pretensión que encierra la demanda.

Explicando el Auto de Vista la necesidad imperante de efectuar un estudio minucioso de la aplicación del mejor derecho de propiedad y por qué amparo la reivindicación; señaló también que todo el argumento de los recurrentes se basa y fundamenta sobre aspectos de índole agrario que no son aplicables a este proceso, olvidando que el proceso de saneamiento se sustentó sobre un documento falso y que ha sido demostrada judicialmente la existencia de dicha falsedad. Arguyendo además que el memorial de casación no señala con precisión que disposiciones legales y en qué consisten las infracciones en las que hubiera incurrido el Tribunal Ad quem, limitándose los recurrentes a simplemente hacer una reiterativa referencia de que se hubiese entregado más de lo pedido.

Solicitando se sirva declarar improcedente el recurso de casación interpuesto por no ser evidente de que el Auto de Vista hubiera entregado más allá de lo pedido.