Auto Supremo AS/1053/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1053/2021

Fecha: 29-Nov-2021

2. Del recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Camiri.

El ente municipal acusa que el Juez de primera instancia, carece de competencia para conocer la pretensión de nulidad de consolidación, siendo que la escritura pública es suscrita por la Alcaldía Municipal de Camiri (entidad pública) a favor de María Lineth Padilla Ponce, resultando una demanda improponible y que debería llevarse por la vía administrativa conforme a la Ley Nº 2028 en su art. 137 y siguientes; y que los de alzada violan el debido proceso en la mala aplicación del art. 236 de Código de Procedimiento Civil, de la misma manera sobre la falta de pronunciamiento en el Auto de Vista de los puntos de apelación, respecto a la falta de legitimación del demandante al no tener derecho propietario del inmueble en litis, incurrió en violación con el art. 551 del Código Civil y el principio de verdad material establecido en el art. 180 de la Constitución Política del Estado.

Al respecto, se debe tener presente que por lo establecido en la respuesta otorgada a los agravios 2 y 3 del recurso de casación de Karen Wachtel de la Quintana, la demandante no acreditó su legitimación sobre los predios que pretende reivindicar y para que se tutele las demás pretensiones de su demanda; entonces considerando que el recurso de casación estaba en función a esa tutela indebidamente otorgada en instancia, y al establecerse que la pretensión no cuenta con dicha legitimación, por lógica consecuencia se infiere que los agravios propuestos ya no pueden considerarse por haberse revertido la determinación de alzada, cuyo análisis resulta insustancial para la solución del conflicto en inapreciar la demanda principal.