Auto Supremo AS/0662/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2021

Fecha: 01-Dic-2021

2.-

2.- En el Considerando II, Hechos probados de la Sentencia, se otorgó valor legal a una “supuesta” confesión provocada del demandante de fs. 76-2, para acreditar la existencia de la obligación pendiente; cuando en realidad se trata de prueba testifical del demandante, quien tiene interés en el proceso y que no fue ofrecida como prueba en el memorial de proposición de fs. 61 y su admisión de fs. 62, además de ser ese ofrecimiento extemporáneo; consecuentemente, se vulneró el art. 1328 del Código Civil (CC), al admitirse prueba testifical de parte interesada para acreditar la existencia y la extinción de una obligación pecuniaria, citando al efecto el AS N° 359 de 7 de mayo de 2018, concluyendo que por esa razón, se obró con error de hecho en la valoración de la prueba de fs. 76-2.