2.-
2.- En el Considerando II, Hechos probados de la Sentencia, se otorgó valor legal a una “supuesta” confesión provocada del demandante de fs. 76-2, para acreditar la existencia de la obligación pendiente; cuando en realidad se trata de prueba testifical del demandante, quien tiene interés en el proceso y que no fue ofrecida como prueba en el memorial de proposición de fs. 61 y su admisión de fs. 62, además de ser ese ofrecimiento extemporáneo; consecuentemente, se vulneró el art. 1328 del Código Civil (CC), al admitirse prueba testifical de parte interesada para acreditar la existencia y la extinción de una obligación pecuniaria, citando al efecto el AS N° 359 de 7 de mayo de 2018, concluyendo que por esa razón, se obró con error de hecho en la valoración de la prueba de fs. 76-2.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 662
- Sucre, 1 de diciembre 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de Ingavi
- Materia :
- Distrito :
- Magistrado Relator :
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.-
- declaró probada
- II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO PROMOVIDO:
- Recurso de Casación de fs. 139 a 143:
- Casación en la forma.-
- 1.-
- Casación en el fondo.-
- 2.-
- Contestación al recurso:
- Auto que concedió el recurso y Auto Supremo de Admisión
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina y legislación aplicable al caso:
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215.
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
