POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 302 a 304, interpuesto por Javier Enrique Endara Pando, contra del Auto de Vista Nº 384/2020 de 18 de diciembre, de fs. 281 a 282, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarándose su ejecutoria, con costas.
Se regula el honorario del Abogado patrocinante de la parte demandante en Bs.2000 que se mandará pagar la Juez de primera instancia.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 739
- Sucre, 01 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandantes:
- Demandado:
- Proceso: Pago de Beneficios Sociales
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- Planteada la demanda de pago de beneficios sociales interpuesto por Jaquelinne Aguilar Marconi, tramitado el proceso, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de La Paz, emitió la Sentencia de 131/2019 de 15 de octubre, de fs. 243 a 254, que declaró PROBADA en parte la demanda y dispuso el pago a favor de la actora de: 1) Indemnización de Bs.17.398,11; 2) Aguinaldo esfuerzo por Bolivia 2014 Bs.1.929,60; 3) Vacaciones de Bs.1.929,60; 4) Sueldos devengados Bs.2.379,84; 5) Horas extras Bs.6.432,00; 6) bono de antigüedad 13.219,20; sumando un total de Bs.56.274,85 más la actualización a la UFV a momento de su pago.
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
