Auto Supremo AS/0775/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2021

Fecha: 01-Dic-2021

1 y 2.

1 y 2. Conforme a estas apreciaciones este Tribunal, contrastando los agravios expuestos en el recurso de apelación de fs. 618 a 619, con los fundamentos vertidos en el Auto de Vista y las infracciones acusadas en el recurso de casación; establece, que el Tribunal de apelación, hizo una exposición motivada, razonada y con la debida fundamentación sobre los aspectos cuestionados en el recurso de apelación; en razón a que, luego de efectuar una relación de los antecedentes del proceso y lo determinado en la Sentencia, pasó a resolver lo acusado por el apelante, así se evidencia en el segundo considerando numerales 2) y 3) del Auto de Vista N° 343/2021 de 19 de noviembre de 2020; concluyéndose de esta manera, que el Auto de Vista no omitió pronunciamiento sobre los agravios acusados por el apelante (GAMLP), relacionados a: falta de consideración de finiquito DGRH.KP-BS-0185/2015 de fs. 460 sobre la compensación de las vacaciones por 11 días y el aguinaldo, habiendo los de instancia resuelto con una explicación justificable y debidamente fundamentada citando normativa pertinente, de manera clara y concreta en los numerales indicados, para llegar a determinar la confirmación de la Sentencia.

Cumpliendo con la premisa procesal que, toda resolución que determine derechos o implique obligaciones, debe contener una debida motivación y fundamentación, con el objeto que los sujetos procesales tengan certeza de que la decisión asumida es la correcta y se adecua a la normativa vigente, deviniendo en infundada estas acusaciones.