POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 213 a 216 vta., interpuesto por el Banco Económico S.A., representado por Mauricio Alejandro Salinas San Martin contra del Auto de Vista de 12 de octubre de 2020, cursante de fs. 205 a 206 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas y costos.
Se regula honorarios profesionales para el abogado que respondió el recurso de casación en la suma de Bs. 1000.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En lo más trascedente del recurso de casación interpuesto por Banco Económico S.A., representado por Mauricio Alejandro Salinas San Martin se advierten los siguientes reclamos:
- 1.
- 2.
- Respuesta al recurso de casación
- 3.
- CONSIDERANDO III
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. Del principio de per saltum.
- III.2. La exposición de los puntos de controversia como causal objetiva de improcedencia del recurso de casación.
- CONSIDERANDO IV
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
