como primer motivo casacional
El recurrente señala como primer motivo casacional que el Auto de Vista 28/2020 S.P.2°, viola su derecho a la fundamentación y motivación de las Resoluciones, al momento de responder los agravios sustentados en su recurso de apelación restringida, referidos a:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 035/2021-RA
- Sucre, 26 de febrero de 2021
- Expediente : Tarija 19/2020
- Parte Acusadora :
- Parte Imputada :
- Delito :
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- a)
- b)
- c)
- II. REQUISITOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES DE ADMISIBILIDAD DEL RECUROS DE CASACIÓN.
- i)
- ii)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero, 0326/2015-S3 de 27 de marzo y 064/2018-S4 de 20 de marzo
- III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- como primer motivo casacional
- 1)
- admisible
- 2)
- inadmisibilidad
- segundo motivo casacional
- Fragmento 25
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- FDO.
- Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
