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    Auto Supremo AS/0082/2021
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0082/2021

    Fecha: 01-Feb-2021

    3.

    3. Estableció que la nulidad de obrados declarada por el Tribunal de alzada constituye una decisión ultra petita, puesto que el apelante Remberto Vásquez Apaza en su recurso de apelación no solicitó nulidad de obrados ni refirió que exista vicios de nulidad que se hayan suscitado en el proceso.

    Concluyeron solicitando la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de Vista y dicte uno nuevo que confirme la sentencia.

    • TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    • S A L A C I V I L
    • Fecha: 01 de febrero de 2021
    • Expediente: LP-94-20-S.
    • Partes: Remberto Vásquez Apaza c/ Gonzalo Vásquez Rodríguez, Aurora Rodríguez de Vásquez, Matilde Gómez Vda. de Carvajal, Jorge Zacarías, Luis Elías y Wálter los tres Carvajal Gómez.
    • poseído en lo pro indiviso.
    • Distrito: La Paz.
    • CONSIDERANDO I:
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • 2.
    • CONSIDERANDO II:
    • CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
    • 1.
    • 3.
    • De la respuesta al recurso de casación.
    • CONSIDERANDO III:
    • DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • III.2 De los principios que rigen las nulidades procesales.
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.

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