d)
d) Refirió la infracción al debido proceso en su elemento de congruencia, porque al expresar agravio respecto a que la sentencia la mencionó que la no prosperación de los procesos disciplinarios no demuestran el dolo; sin embargo la respuesta del Auto de Vista no hace mención a una sola disposición legal procesal o sustantiva, menos jurisprudencia que avale de alguna forma su proceder arbitrario.
