f)
f) Sostuvo que no solo omitieron los entendimientos jurisprudenciales sobre los dos conceptos jurídicos que forman parte del instituto de responsabilidad civil extracontractual (referidos a sus agravios quinto y sexto de apelación), sino que omitieron cumplir con su obligación básica dispuesta por la ley, de exponer un mínimo de fundamentación que permita comprender la postura asumida sobre su desobedecer la jurisprudencia.
