Auto Supremo AS/0362/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2021

Fecha: 23-Feb-2021

Casación en el fondo.

Previo a fundamentar su recurso de casación en el fondo, la entidad recurrente, refirió que la relación laboral con el demandante, surge a consecuencia del contrato a plazo fijo, en el que se establece que ocuparía un cargo de libre nombramiento, sujeto a las normas internas de COTEL La Paz Ltda, posicionado en un nivel jerárquico, de confianza y de libre nombramiento, por lo que la desvinculación obedeció al cumplimiento de las estipulaciones del contrato a plazo fijo, no existiendo ningún tipo de reconducción; que al haber fenecido el plazo, operaba la desvinculación laboral con el demandante; a ese fin, citó la Sentencia Constitucional (SC) 0510/2011-R de 25 de abril, que refiere que los cargos de libre nombramiento o empleados de confianza, no gozan de inamovilidad funcionaria.

Señalo la improcedencia de la pretensión de doble aguinaldo:

Expresó que el demandante dejo de cumplir funciones laborales en COTEL La Paz LTDA, el 28 de agosto de 2013; que según el artículo primero y segundo del Decreto Supremo (DS) Nº 1802 de 20 de noviembre de 2013, no le corresponde el beneficio del pago de doble aguinaldo, por haber sido desvinculado antes de la promulgación del referido Decreto Supremo; además que, no es obligatorio dicho beneficio a los cargos jerárquicos, a ese fin citó el Informe CITE: NLF/ABS/Nº 011/2014.

Por último, la entidad recurrente, citó como línea jurisprudencial el Auto Supremo Nº 156/2016 de 6 de mayo de 2016, emitido por esta Sala.