Auto Supremo AS/0043/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2021-RRC

Fecha: 04-Mar-2021

II.2. Del recurso de apelación del acusado

Notificado el acusado con la sentencia, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los siguientes fundamentos: a) Inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, establecido en el inc. 1 del art. 370 CPP; sostiene el recurrente que sin haberse demostrado la falsedad o no de un documento como es la libreta de servicio auxiliar Serie “D” N° 020665, con N° Matrícula I-A-01205-82, por el cual no existiría motivo para afirmar el Uso de Instrumento Falsificado, por cuanto el Ministerio de Defensa tenía la obligación de demostrar si la libreta era falsa, sin embargo la sentencia apelada no lo consideró, que el tipo penal contempla que haya habido previamente un documento falso para hacer el uso. b) Considera que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, referido al defecto de sentencia incurso en el art. 370 6) CPP; por considerar que la Sentencia apelada se basaría en un hecho principal e inexistente, como es la falsedad de la libreta de Servicio Auxiliar Serie “D” N° 020665, con número de Matrícula: I-A-01205-82, que como se ha referido en juicio, esta libreta pertenecía a otras personas, como ser el número de serie y matrícula, empero la sentencia apelada no asignaría ningún valor a las refrendadas por el mismo acusador mediante la mp3, mp15, por lo que lo único que reflejaría situaciones de repetición de números de libreta, por el mal manejo de registro de personas, considerando que en ningún momento se demostró que la libreta sea falsa.