POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, por excusa declarada legal de los Magistrados que conforman la Sala Civil, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la LOJ y en aplicación a lo previsto en el art. 220.II del CPC, declara INFUNDADO el recurso de casación opuesto por Jorge Terrazas Terceros -saliente de fs. 1027 a 1032- contra el Auto de Vista 050/2019 de 26 de diciembre, y el Auto 03/2020 de 10 de enero, ambos pronunciados por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas y costos.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 090/2021-RR
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- CONSIDERANDO
- ANTECEDENTES DEL PROCESO Y ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA SALA
- III.2
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- FDO.
- Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
