Auto Supremo AS/0093/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2021-RRC

Fecha: 16-Mar-2021

III.2. Del recurso de apelación restringida del acusador particular GAM El Torno.

Notificados con la Sentencia, el representante del GAM El Torno, interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos vinculados al motivo de casación:

Refiere que el Tribunal A quo incurrió en defecto previsto en el art. 370 inc. 11 del CPP, referente a la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación; al respecto, citando como precedente contradictorio el Auto Supremo 272/2007 de 9 de marzo, refiere que los operadores de justicia se encuentran obligados a pronunciarse sobre cada uno de los delitos acusados, que en procedimiento abreviado cuando existe reconocimiento de concurso de delitos las penas deben sancionarse conforme al concurso ideal o real de delitos, establecidos en el art. 44 y 45 del CP; vale decir, con la pena del delito más grave, para el caso de imponerse una pena inferior corresponde dejar sin efecto el procedimiento abreviado y tramitarse el juicio oral respectivo por otro Tribunal. Refiere que existe acusación formal por parte del Ministerio Público contra Wilber Soliz Jordan, Walter Bolívar Vaca y Eddy Edwin Ruiz Delgadillo, por los delitos de Incumplimiento de Deberes, Organización Criminal, Cohecho Pasivo Propio, Uso Indebido de Influencias, Beneficios en Razón del Cargo, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Concusión, Contratos Lesivos al Estado y Conducta Antieconómica; delitos sancionados con penas de presidio de cinco a diez años, correspondiendo en procedimiento abreviado aceptarse el mínimo de la pena más dura, que es de cinco años, incumplimiento que vulnera de manera flagrante el debido proceso y la garantía como víctima, máxime si no se han resarcido los daños causados al Estado.