Wilver Soliz Jordan,
Por Sentencia 91 de 29 de octubre de 2018 (fs. 4721 a 4722), el Tribunal de Sentencia Tercero de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Wilver Soliz Jordan, autor en la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes previsto por el art. 154 del CP, imponiendo la pena de cinco años de presidio, al pago de 200 días multa a razón de 2Bs por día, más el pago de costas y daños civiles a calificarse en ejecución de Sentencia. Bajo las siguientes conclusiones: en base a prueba suficiente presentado por el Ministerio Público y la manifestación de culpabilidad del imputado en la audiencia de Procedimiento Abreviado.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 093/2021-RRC
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Expediente :
- Parte Acusadora : Ministerio Público, Gobierno Autónomo Municipal El Torno y Procuraduría General del Estado Departamental Santa Cruz.
- Parte Imputada :
- Delitos :
- Magistrada Relatora :
- RESULTANDO
- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- Sentencia.
- Auto de Vista.
- IDENTIFICACIÓN DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- II.1. Petitorio.
- II.2. Admisión del Recurso.
- ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO.
- III.1. De la Sentencia.
- Wilver Soliz Jordan,
- III.2. Del recurso de apelación restringida del acusador particular GAM El Torno.
- III.3. Del Auto de Vista impugnado.
- FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES RELACIONADOS A LOS MOTIVOS CASACIONALES.
- IV.1. Sobre la debida fundamentación de las resoluciones judiciales.
- IV.2 Exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control.
- En la parte dispositiva del fallo, conforme establece el art. 360 inc. 4) del CPP, el juzgador debe justificar normativamente la decisión; es decir, debe citar, las normas aplicables y en caso de emitirse Sentencia condenatoria de acuerdo al art. 365 del CPP, el juzgador debe fijar con precisión la sanción correspondiente, con base en los arts. 37, 38, 39, 40, 40 bis del CP -los últimos, cuando corresponda- tomando en cuenta las atenuantes y agravantes que concurran (fundamentación jurídica).
- ANÁLISIS LEGAL DEL CASO CONCRETO.
- Verificación de la denuncia de vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación.
- POR TANTO
- FUNDADO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
