Auto Supremo AS/0095/2021-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2021-RRC

Fecha: 16-Mar-2021

III.2.1. Análisis del caso en concreto.

Teniendo en cuenta que la parte recurrente advierte un fundamento y motivación escueto en el Auto de Vista impugnado, al haber otorgado respuesta a solamente seis de dieciséis puntos o agravios denunciados en apelación restringida, se tiene lo siguiente:

Pues de la apelación restringida se evidencia que la parte denunció diecisiete puntos conforme se describe en el acápite II.2 del presente fallo; sin embargo, el Tribunal de alzada emitió criterio en relación a: 1) La denuncia de la existencia de errónea valoración del hecho fáctico y confundir con la tipicidad y que se materializa en un siguiente momento con la subsunción y que dicho defecto estaría comprendido en el art. 370 núm. 3 del CPP, 2) La denuncia de afectación al debido proceso por interpretación errónea del tipo penal de Enriquecimiento Ilícito, 3) La denuncia en sentido que la Sentencia 20/2018 tendría fundamentación contradictoria conforme al art. 370 núm. 5) del CPP, 4) Se tiene que: i) La denuncia de Enriquecimiento Ilícito por incremento de bienes inmuebles, ii) La falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas; y, iii) La Sentencia 20/2018 se basaría en defectuosa valoración probatoria conforme al art. 370 núm. 5) del CPP.