Auto Supremo AS/0153/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2021

Fecha: 01-Mar-2021

III.1. De la nulidad procesal en segunda instancia.

Sobre el tema el art. 108 del Código Procesal Civil señala: “I. El tribunal de segunda instancia que deba pronunciarse sobre un recurso de apelación, apreciará si se planteó alguna forma de nulidad insubsanable de la sentencia o nulidad expresa de actos de la primera instancia, conforme a lo dispuesto en el presente Código.