Auto Supremo AS/0209/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2021

Fecha: 16-Mar-2021

La recurrente indica que, no es viable ni procedente el reintegro establecido en el auto de vista recurrido, ya que se estaría conculcando lo que dispone la Ley N° 2450 donde establece un trato diferencial al trabajo normal, completo, que presta una niñera a medio tiempo, por consiguiente se debe aplicar esta normativa.

La parte, indica que es inviable el pago doble por 13 domingos, ya que la demandante no ha probado ese extremo, la sentencia se basa únicamente en lo que dice la demanda; por tanto, el juez no puede suplir de oficio las omisiones de las partes.

Otra observación del recurso, indica que la prueba ofrecida en el otrosí 1° de su contestación, respecto a la grabación de seguridad, donde se pudo haber evidenciado el horario de la entrada y salida de la demandante, misma que fue rechazada por el juez de la causa, en consideración a lo dispuesto por el art. 151 de CPT.

En resumen, la recurrente indica que, la demandante nunca demostró que haya trabajado más de tres meses, por lo que la duodécima del aguinaldo atenta totalmente a sus derechos constitucionales y especialmente al derecho a la igualdad jurídica que debe primar en todo proceso.