1.
1. Mediante memorial de demanda de fs. 17 a 18 vta, y subsanada de fs. 23, 82 a 83, 86 a 87, 88 a 89, Ruddy Adolfo Larrea Delgado formuló usucapión decenal o extraordinaria. Los demandados Zenón Chacón Villaverde y Custodia de Chacón Argandoña al no apersonarse dentro el plazo de ley se declaró su rebeldía. tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial 10° de La Paz emitió la Sentencia N° 85/2018 pronunciada el 9 de febrero de fs. 269 a 272, declarando PROBADA en parte la demanda de usucapión decenal o extraordinaria y en consecuencia declaró por operada la usucapión decenal a favor de Ruddy Adolfo Larrea Delgado y sea ante el registro de Derechos Reales con relación a los 239,22 m2 IMPROBADA en cuanto a la superficie de 70,78 m2 de invasión a propiedad municipal.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- a)
- siempre y cuando la misma sea perjudicial a la parte; sin embargo, si no apeló de la sentencia
- III.2. Del
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO:
