2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitido el Auto de Vista, conforme se tiene la notificación a fs. 419, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución el 01 de febrero de 2021, y como el recurso de casación fue presentada el 10 de febrero de 2021, tal cual se observa del timbre electrónico de recepción cursante a fs. 421, haciendo el cómputo se determina que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- a)
- siempre y cuando la misma sea perjudicial a la parte; sin embargo, si no apeló de la sentencia
- III.2. Del
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO:
