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2. Resolución de primera instancia que al ser apelada de fs. 227 a 232 por Grover Tambo Beltrán y Guadalupe Ledezma López, nulidad de por medio, mereció que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista Nº S-359/2020 de 18 de septiembre, cursante de fs. 279 a 284, CONFIRMANDO la Sentencia impugnada.
