d)
d) Sostuvieron que por el certificado a fs. 88 se evidencia que en las gestiones 2011 y 2012 los demandados prestaron un ambiente en su domicilio ubicado en la zona Hercobol, calle Telamayu N° 3274 para el funcionamiento del centro preescolar “Abejitas REJ”, lo que hace presumir que antes del 2011 ya se tenía habitaciones construidas en el inmueble; elementos que complementan a la declaración de los testigos cursante de fs. 211 a 214, que declararon que viven ahí hace más de 15 años en forma pública, pacífica e ininterrumpida.
