a)
a) Formuló que la resolución de alzada no resolvió de forma completa todos los fundamentos expuestos en el primer agravio de la apelación respecto a la vigencia del primer matrimonio y la consecuencia de nulidad de exclusión y resolución de heredera de Ana María Choque Villca, aspecto que se probó con el certificado de matrimonio cursante a fs. 857.
