Auto Supremo AS/0265/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2021

Fecha: 30-Mar-2021

5.

5.Refiere que se incurrió en vulneración al principio de seguridad jurídica, debido a que la asociación accidental se disolvió por acuerdo de partes, por tanto, ante tal disolución se disolvió también toda controversia y en especial la rendición de cuentas, correspondiendo solo una información del liquidador asignado en el contrato conforme lo establece el art. 384 del Código de Comercio.