Auto Supremo AS/0267/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2021

Fecha: 20-Mar-2021

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Resolución de primera instancia que fue apelada por Claudia Jimena Pinto de Podio a través del escrito cursante de fs. 218 a 219 vta., a cuyo efecto Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista Nº 87/2020 de 27 de noviembre, cursante de fs. 246 a 248, CONFIRMÓ la sentencia mencionada, argumentando que de una correcta lectura del certificado cursante a fs. 186 en relación a los literales de fs. 187 a 190, se establece que el Centro de Conciliación y Arbitraje del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz, no se encuentra funcionando, pues una cosa es que dicha institución se encuentre en trámite de adecuación a la Ley Nº 708 y otra distinta que se encuentre en funcionamiento; de ahí que, contrario a lo argumentado por la apelante, dichas pruebas confirman el primer certificado que hace conocer a inicio de la presente demanda que el referido centro no se encuentra funcionando hace aproximadamente ocho años; razón por la cual no se encuentra error alguno en la apreciación de la prueba como expone la apelante.