Contestación.
Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 26 de noviembre de 2020, de fs. 512; la Universidad demandada, a través de su Rector Freddy Gonzalo Gandarillas Martínez, presentó memorial de contestación de fs. 519 a 521, argumentado que, conforme a los arts. 52 de la LGT y 6 del DS Nº 28699, la actora percibía un sueldo acorde al trabajo prestado, salario que era de conocimiento de la trabajadora al momento de las contrataciones efectuadas, monto que no difería de los sueldos de los demás docentes pertenecientes al Departamento de Educación a distancia y Formación Permanente, como afirma la demandante; por lo que, solicitó se declare infundado el recurso.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 217
- Sucre, 21 de abril de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Universidad Autónoma Juan Misael Saracho
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- improcedente
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Fragmento 24
- En el caso, no se evidencia algún tipo de discriminación conforme a los parámetros descritos, toda vez que, la actora sostuvo una relación laboral con la Universidad demandada, sin ningún tipo de exclusión y en las mismas condiciones que sus homólogos; que ante la contravención de la norma laboral, sobre contratos a plazo fijo consecutivos, se reconoció desde primera instancia, una continuidad laboral otorgándole todos los derechos y beneficios correspondientes; empero, no se puede llegar a establecer un salario superior; pues, conforme a la escala que describe (fs. 32), está fijada para un cargo diferente; por lo que, se establece que el Tribunal de alzada, obró correctamente respecto de este argumento, al no ser evidente un trato discriminatorio en la remuneración salarial entre todos los docentes del proyecto donde desempeñó funciones la actora.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
