VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 165 a 168, interpuesto por la Corporación del Seguro Social Militar-COSSMIL, representada por José Edmundo Ramallo León; contra el Auto de Vista N° 101/2020 de 28 de octubre, emitida por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni de fs. 153 a 156; dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por Dixon Ferreyra de las Flores, contra la entidad recurrente; la contestación al recurso de fs. 173 a 174; el Auto de 15 de diciembre de 2020, que concedió el recurso (fs. 176); el Auto de 21 de enero de 2021, que admitió el recurso de casación (fs. 184); y todo lo que fue pertinente analizar:
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 237
- Sucre, 21 de abril de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA
- Auto de vista.
- CONFIRMÓ
- II. RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- El principio de primacía de la realidad, en materia laboral.
- La indemnización, su desarrollo normativo y progresivo.
- Aplicación del art. 9 del DS Nº 28699, en caso de retiro.
- Sobre el sometimiento del personal de COSSMIL a la Ley General del Trabajo.
- Fragmento 26
- Resolución de caso concreto.
- Fragmento 28
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
