Auto Supremo AS/0324/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2021-RA

Fecha: 16-Abr-2021

b)

b) Denunció que otro vicio insubsanable que afectó la garantía del debido proceso tiene que ver con el derecho de la recurrente a la igualdad procesal y a ser notificada de manera objetiva sin restringir su derecho a la defensa, toda vez  que, de acuerdo a los datos  a los datos del proceso se advierte que su domicilio se encuentra ubicado en el pasaje Michel entre calle Venancio Burgoa Nº 962 de la zona de Alto San Pedro de la ciudad de La Paz, extremo que era de conocimiento de la Juez, puesto que ordenó su citación en dicho lugar mediante comisión instruida. Por lo tanto, la juez de la causa al suspender la audiencia preliminar, bajo el principio de igualdad procesal, debió comunicarle sobre la audiencia preliminar en su domicilio real y no en la localidad de Copacabana.