Auto Supremo AS/0339/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2021

Fecha: 23-Abr-2021

2.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Marcelina Maldonado Sarzuri por memorial cursante de fs. 268 a 274 vta., dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° S-339/2020 de 27 de agosto, cursante de fs. 295 a 297 en el cual, ANULÓ obrados hasta fs. 288 inclusive, bajo los siguientes fundamentos:

Que la parte recurrente Marcelina Maldonado Sazuri interpuso recurso de apelación contra la Sentencia y su correspondiente Auto complementario, sin embargo, el A quo a tiempo de conceder la apelación a través del auto cursante a fs. 288, solo hizo mención a la Sentencia N° 074/2019 de 12 de febrero cursante de fs. 237 a 240, inobservando conceder el recurso de apelación con relación al Auto complementario de la Sentencia, siendo éste parte de la resolución principal.

Que en el Auto de concesión de alzada a fs. 288 no se hizo referencia respecto a la apelación alternativa interpuesta en el efecto diferido por la parte demandada en audiencia complementaria, por lo que no se otorgó el trámite correspondiente que precautele el debido proceso.

2. Acusó que al Tribunal de alzada no se encontraba facultado a anular obrados por motivos que no están enmarcados en la ley; y que además en apelación no se reclamó la nulidad establecida, por lo que al anular obrados el Ad quem aplicó erróneamente el art. 17. I de la Ley N° 025.