3.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Miguel Ángel Bautista Chalco a través de su representante legal Gloria Jetrudiz Chuquimia Vda. de Coaquira según memorial de fs. 299a 301, el cual es analizado.
3. Reclamó que se vulnero el principio de celeridad establecida en el art. 2. num. 10) del Código Procesal Civil al anular obrados por aspectos de forma y no de fondo que claramente son subsanables.
En razón a dichos fundamentos expuestos en su recurso de casación, el recurrente solicitó que este Tribunal anule el Auto de Vista.
- Fragmento 1
- Auto Supremo: 339/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- De la respuesta al recurso de casación.
- III.1. De la nulidad procesal y del principio de trascendencia.
- III.2. De la nulidad procesal en segunda instancia.
- III.3. Sobre el principio de celeridad.
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
