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1. Isabel Aiza Vda. de Janco por memoriales cursantes de fs. 30 a 31 vta., a fs. 35 y 38 y vta., demandó a Pedro Roberto, Carlos Luis y Emilio Guillermo todos Terrazas Aliaga, Graciela Terrazas de Iglesias y Olga Terrazas de Villegas, por usucapión decenal o extraordinaria; admitida la demanda por Auto de 16 de noviembre de 2016 cursante a fs. 39 se corrió en traslado y notificó a los demandados mediante edictos, designándoles mediante decreto cursante a fs. 69 vta., abogado defensor, quien contestó mediante memorial cursante a fs. 72 y vta. Asimismo, mediante providencia cursante a fs. 75 vta., de 16 de marzo de 2018 se notificó al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
El Ente Municipal de La Paz mediante memoriales cursantes de fs. 104 a 114, 122 a 127 y de 128 a 130 vta., se apersonó, excepcionó por falta de legitimación en la parte actora y demanda defectuosa, contestó negativamente y opuso demanda reconvencional por acción negatoria, reivindicatoria y pago de daños y perjuicios, expresando que la usucapión no puede prosperar sobre bienes de dominio público. Excepciones que fueron rechazadas mediante el auto interlocutorio Resolución Nº 392/2019 de 05 de junio de 2019 cursante de fs. 210 a 212 vta.
Tramitado así el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 736/2019 de 29 de octubre, cursante de fs. 274 a 281 vta., dictada por la Juez Público Civil y Comercial 15º de la ciudad de La Paz, que declaró PROBADA la demanda de usucapión interpuesta por Isabel Aiza Vda. de Janco e IMPROBADA la demanda reconvencional sobre acción negatoria, reivindicación más pago de daños y perjuicios interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
