Auto Supremo AS/0309/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2021-RA

Fecha: 30-Jun-2021

III.2

III.2 El recurrente señala como primer motivo casacional que el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista impugnado, incurrió en vulneración al debido proceso, errónea aplicación de la ley adjetiva, al modificar la pena impuesta en Sentencia de tres (3) años, leída en audiencia pública, en un Auto complementario vía enmienda, no constituyendo un error de forma la modificación discrecional del quantum de la pena; sino es una cuestión de fondo de la Sentencia.

En mérito del análisis del motivo expuesto, no existe cumplimiento de la normativa prevista en los arts. 416 y 417 CPP; dada cuenta que no se invoca precedente alguno en el memorial del recurso de apelación restringida, habiéndose nacido el defecto procesal en Sentencia.