Auto Supremo AS/0309/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2021-RA

Fecha: 30-Jun-2021

inadmisible

Ahora bien tampoco existe identificación clara sobre el hecho generador que permita el análisis del motivo vía flexibilización; dada cuenta que si se denuncia falta de control de logicidad, se debe exponer concretamente qué elemento fue defectuosamente valorado y por qué; qué aspectos no consideró el Tribunal de Alzada respecto a las conclusiones arribadas de los razonamientos que los recurrentes consideran quebrantaron los principios lógicos que habiliten el control respectivo; existiendo por parte de quien recurre la obligación de aportar la carga argumentativa necesaria para el abordaje del motivo casacional; por las razones anotadas deviene en inadmisible.

Al efecto, se evidencia que la parte recurrente utilizó argumentos propios de su recurso de apelación restringida, advirtiéndose que el contenido del recurso de casación, no está confrontando la actuación del Tribunal de apelación, sino a la del Tribunal de origen, denunciando hechos que se originan en Sentencia y no así el Auto de Vista. Pretendiendo que esta Sala Penal realice su función unificadora de jurisprudencia con relación a una Sentencia, buscando inducir a un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello. Recuérdese que según el art. 416 del CPP, la naturaleza jurídica del recurso de casación procede para impugnar exclusivamente Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia (ahora Tribunales Departamentales de Justicia) que sean contrarios a otros fallos pronunciados por otras Cortes Superiores o Tribunales Departamentales de Justicia o por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; y de ninguna manera procede contra una Sentencia, resolución que tiene su propio medio idóneo para ser impugnada, siendo la apelación restringida (art. 407 del CP); resultando en tal mérito inadmisible el motivo casacional.