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    Auto Supremo AS/0310/2021-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0310/2021-RA

    Fecha: 30-Jun-2021

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    • SALA PENAL
    • AUTO SUPREMO Nº 310/2021-RA
    • Sucre, 30 de junio de 2021
    • Expediente :
    • Parte Acusadora :
    • Parte Imputada :
    • Delito :
    • RESULTANDO
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
    • III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓ
    • i)
    • ii)
    • a)
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • primer motivo
    • Por los fundamentos, se tiene que el presente recurso en su primer motivo, no cumplió con los arts. 416 y 417 segundo párrafo del CPP, ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto, toda vez, que el recurrente no precisó qué derechos o garantías constitucionales hubieren vulnerado con la emisión del Auto de Vista, tampoco detalló con precisión en qué consiste la restricción o disminución y de que derechos o garantías, situación por el que deviene en inadmisible.
    • segundo motivo,
    • Por los fundamentos, se tiene que el presente recurso, no cumplió con los arts. 416 y 417 segundo párrafo del CPP, ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto, toda vez, que el recurrente no precisó qué derechos o garantías constitucionales hubieren vulnerado con la emisión del Auto de Vista, tampoco detalló con precisión en qué consiste la restricción o disminución y de que derechos o garantías, situación por el que deviene en inadmisible.
    • tercer motivo,
    • Por los fundamentos, se tiene que el motivo analizado, no cumple con los arts. 416 y 417 segundo párrafo del CPP, ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto, toda vez, que el recurrente no precisó qué derechos o garantías constitucionales hubieren vulnerado con la emisión del Auto de Vista, tampoco detalló con precisión en qué consiste la restricción o disminución y de que derechos o garantías, situación por el que deviene en inadmisible.
    • cuarto motivo,
    • POR TANTO
    • INADMISIBLE
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.
    • FDO.
    • Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
    • Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
    • Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca

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