2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 351 vta., se observa que el recurrente fue notificado con la resolución de alzada el 16 de abril de 2021, y como el recurso de casación de Estanislao Pérez Fernández fue interpuesto el 26 de abril de 2021 tal como se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 352, se infiere que la impugnación objeto de la presente resolución, fue interpuesta dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los diez días hábiles
