POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley del Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 592 a 595 vta., interpuesto por la parte demandada; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 139/2020 de 28 de diciembre.
Con costas en aplicación del art. 223.V.2 del CPC, regulándose el honorario profesional del abogado patrocinante en la suma de Bs. 500.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 424/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 348/2021
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I.
- PROBADA
- I.2. Auto de Vista.
- confirmando
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- IV.- Conclusión
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.
