Auto Supremo AS/0577/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2021-RA.

Fecha: 02-Jul-2021

d)

d) Expresaron vulneración, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, puesto que la ASFI solo tiene competencia para custodiar los archivos de las entidades liquidadas, más no es sucesor a título universal ni tampoco a título particular de dicha entidad liquidada, no tiene interés alguno respecto a los hechos que sustentan la demanda, al ser solamente custodio de la documentación histórica de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Trapetro Oriente Ltda.,y no se constituye en su representante legal o en su sucesor para continuar la personalidad jurídica ya que la entidad se encuentra extinta y por tal motivo carece de personalidad jurídica.