absuelto
Por Sentencia N° 40/2016 de 20 de febrero (fs. 949 a 959 vta.), el Tribunal 12° de Sentencia de la capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Edwin Valda Terán, absuelto de culpa y pena de ser autor de los delitos de Violación de Infante Niño, Niña o Adolescente y Abuso Deshonesto previsto en los arts. 308 bis. y 312 inc. 2), 3), 4, con agravante.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 562/2021-RA
- Sucre, 16 de agosto de 2021
- Expediente : Santa Cruz 47
- Parte acusadora : Ministerio Público y Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- Parte imputada
- Delito : Violación Agravada de Infante, Niño, Niña o Adolescente
- RESULTANDO
- Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- absuelto
- admisible y procedente
- II. REQUISITOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP.
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada.
- ii)
- a)
- i)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
- III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN.
- primer motivo,
- admisión
- segundo motivo
- 331/2013 RRC “de 16 de diciembre”
- admisible.
- tercer motivo
- cuarto y último motivo
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- FDO.
- Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
