Auto Supremo AS/0574/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

Se advierte que si bien el Auto de Vista impugnado resuelve el primer punto la denuncia referida al art. 370 núm. 1) del CPP; sin embargo, realiza una simple enunciación que impide un mayor fundamento en relación a que si la Sentencia carecía de fundamentación o fue emitida sobre hechos inexistentes, teniendo que no se emite criterio en relación a la procedencia o improcedencia respecto a los arts. 398 del CPP, 15 y 59 inc. 1) de la LOJ, que no fue cumplido por el Tribunal de alzada afectando el debido proceso, en ese sentido se evidencia que la Resolución impugnada no efectuó una correcta subsunción de la norma penal, debiendo considerar los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005 y 219 de 28 de junio de 2006, referidos a los errores procedimentales y el deber de pronunciamiento sobre todos los puntos cuestionados, además de considerar el Auto Supremo 169 de 15 de mayo de 2006 referido a la audiencia de fundamentación sobre la apelación a la Sentencia, teniendo en la misma línea el Auto Supremo 372 de 22 de junio de 2004, por lo que si se solicitó expresamente audiencia de fundamentación del recurso, el Tribunal no puede omitir de fijar día y hora de audiencia para tal fin, teniendo en cuenta la facultad que ejercen las partes conforme al art. 412 del CPP, lo contrario representa afectación que vulnera el debido proceso conforme al Auto Supremo 124/2012 de 24 de mayo.