1.-
1.- Afirmó que, el Tribunal de apelación, no se pronunció sobre los agravios expuestos en el recurso de apelación y que su derecho a la reincorporación no está vinculado a la caducidad; pues, al no ingresar a resolver ese agravio, constituyó en error de aplicación de la Ley; por tanto, se le negó el derecho de recurrir y a la doble instancia.
Alegó, que la Sentencia de primera instancia, para establecer la improcedencia de la reincorporación laboral, razonó en el hecho que la trabajadora previamente, debió acudir dentro del plazo de 3 meses (90 días) a la instancia administrativa; y, si se hubiese cumplido esa formalidad se abre la vía jurisdiccional; extremo que no fue evidente; y por ello, recurrió en apelación y el Tribunal de alzada, tenía la obligación de resolver dicho agravio y al no pronunciarse, incurrió en aplicación indebida del art. 265 del Código Procesal Civil (CPC-2013).
El Tribunal de apelación, no realizó el examen necesario para determinar la procedencia o no de dicho argumento y lo rechazó sin mayor fundamento; demostrando de esa forma, la incorrecta interpretación y aplicación del art. 265-I del CPC-2013, aplicable al caso por mandato de los arts. 208 y 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 480
- Sucre, 16 de septiembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Empresa SANT DRUG SRL
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- IMPROBADA
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÒN Y ADMISIÓN:
- Por memorial de fs. 131 a 134, Milenka Lisett Marka Fernández, interpuso recurso de casación, alegando lo siguiente:
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- Mediante Auto de 21 de mayo de 2021 de fs. 144, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación en el fondo de fs. 131 a 134, interpuesto por Milenka Lisett Marka Fernández, que se pasa a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina, jurisprudencia y legislación aplicable al caso:
- Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa.
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado.
- Reincorporación.
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
