3.-
3.- Alegó que el Tribunal de apelación, incurrió en errónea aplicación del art. 158 del CPT, en cuanto al análisis de los elementos de la prueba.
Alegó, que el Tribunal de alzada no consideró que, los testigos de manera uniforme y coincidiendo en tiempos, lugares y personas, demostraron que la trabajadora prestó servicios en la empresa, de manera responsable hasta que fue inducida dolosamente para lograr su alejamiento, conforme acreditó las actas de fs. 38 a 43; sin embargo, fueron considerados como superfluos e insuficientes; asimismo, respecto a la confesión provocada, en la que el representante de la empresa no asistió a la audiencia programada; el Tribunal de alzada, no consideró los efectos de su inasistencia, sólo analizaron las que aparentemente convenían y favorecían al empleador, en una actitud parcializada y en desmedro de los derechos de la trabajadora.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 480
- Sucre, 16 de septiembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Empresa SANT DRUG SRL
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- IMPROBADA
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÒN Y ADMISIÓN:
- Por memorial de fs. 131 a 134, Milenka Lisett Marka Fernández, interpuso recurso de casación, alegando lo siguiente:
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- Mediante Auto de 21 de mayo de 2021 de fs. 144, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación en el fondo de fs. 131 a 134, interpuesto por Milenka Lisett Marka Fernández, que se pasa a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina, jurisprudencia y legislación aplicable al caso:
- Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa.
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado.
- Reincorporación.
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
