POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y art. 42-I-1 de la LOJ y con base en los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ANULA obrados hasta el sello de sorteo de fs. 152, inclusive; disponiendo que el Tribunal de alzada, sin espera de turno y previo sorteo, bajo responsabilidad, emita un nuevo Auto de Vista cumpliendo la omisión identificada en el presente Auto Supremo, sin multa por ser excusable.
Cumpliendo el art. 17-IV de la LOJ, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura, sin que amerite la organización de ningún proceso administrativo.
De la revisión del expediente, se verifica que a fs. 174, cursa providencia de 21 de mayo de 2021, en fotocopia simple con la firma de un Magistrado de esta Sala, sin la firma y sello del Secretario de Sala José Antonio Camacho Borja, providencia que incumple lo previsto por el art. 209-II del Código Procesal Civil (CPC-2013).
Por consiguiente, cuidando que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad y que no prejuzguen el proceso, de conformidad con el arts. 1 núm. 8 del CPC-2013, se convalida sin retrotraer el trámite, incluidas las actuaciones procesales posteriores.
Se llama severamente la atención al anterior Secretario de Sala, José Antonio Camacho Borja, que no cumplió las formalidades procesales, cuando ejercía sus funciones.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 482
- Sucre, 16 de septiembre de 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado :
- Proceso :
- Departamento :
- Magistrado Relator :
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Petitorio
- CONTESTACIÓN
- Admisión del recurso de casación:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINA APLICABLE:
- Doctrina aplicable al caso
- La fundamentación y motivación, en la resolución de los recursos de apelación
- La congruencia en los fallos que resuelven una apelación
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO.
- Fragmento 28
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
