Auto Supremo AS/0483/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2021

Fecha: 16-Sep-2021

Sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.

De la revisión del expediente, se verifica que a fs. 97, cursa providencia de 21 de mayo de 2021, en fotocopia simple con la firma de un Magistrado de esta Sala, sin la firma y sello del Secretario de Sala José Antonio Camacho Borja, providencia que incumple lo previsto por el art. 209-II del Código Procesal Civil (CPC-2013).

Por consiguiente, cuidando que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, de conformidad con el art. 1 núm 8) del CPC-2013, se convalida dicha providencia, sin retrotraer el estado del trámite, incluidas las actuaciones procesales posteriores.

Se llama severamente la atención al anterior Secretario de Sala, José Antonio Camacho Borja, que no cuidó las formalidades procesales, cuando ejercía sus funciones.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.