POR TANTO:
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO del recurso de casación cursante de fs. 468 a 472, interpuesto por Jhenny Flor Fernández Clavijo de Camacho, contra el Auto de Vista Nº 215/2022 de 24 de junio, corriente de fs. 465 a 466 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos a la recurrente.
Se regula los honorarios profesionales del abogado que contestó el recurso de casación en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
