II. AUTO SUPREMO QUE ORDENÓ DETENCIÓN PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICIÓN
En mérito a los antecedentes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo N° 15/2016 de 18 de enero (fs. 10 a 11), determinó la Detención Preventiva con Fines de Extradición de Sósimo Teófanes Bermudo Crespo, de nacionalidad peruana, de quien se presumía que se encontraba detenido en la cárcel de San Pedro de la ciudad de La Paz; disponiendo que el Juez de Instrucción en lo Penal de Turno de esa ciudad, expida el mandamiento de detención respectivo, para ser ejecutado a nivel nacional, con auxilio de la INTERPOL o cualquier otro organismo policial; y a efectos de garantizar el debido proceso, se dispuso la notificación del requerido con los actuados precedentemente citados, otorgándole el plazo de diez días para que asuma defensa.
Además, se ordenó que los nueve Tribunales Departamentales de Justicia del país, certifiquen a través de sus Juzgados y Salas Penales, sobre la existencia de algún proceso penal en trámite que se hubiera instaurado contra el requerido de extradición; igual certificación ordenó que se remita, respecto del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) del Consejo de la Magistratura.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD
- II. AUTO SUPREMO QUE ORDENÓ DETENCIÓN PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICIÓN
- III. INFORMES Y CERTIFICACIONES REMITIDOS
- IV. DETENCIÓN Y RATIFICACIÓN DE SOLICITUD DE EXTRADICIÓN
- V. APERSONAMIENTO Y DEFENSA DEL REQUERIDO
- VI. DICTAMEN FISCAL
- VII. LEGISLACIÓN APLICABLE
- VIII. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DEL CASO
- POR TANTO
