POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida del art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil declara INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por la empresa Bisa Seguros y Reaseguros S.A. por intermedio de su representante legal Selemy Lascano Cenzano, contra el Auto de Vista Nº 265/2022 de 19 de agosto de fs. 229 a 233, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Con costas y costos.
Se regula honorario profesional del abogado que contestó el recurso de casación, en la suma de Bs.1.000,00.-
