AS/1823/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1823/2022-RRC

Fecha: 05-Dic-2022

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Alejandro Andrés Azurduy Wayar, de fs. 308 a 327; y por consiguiente, con los fundamentos expuestos precedentemente, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 272/2022 de 8 de julio, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, conceda el plazo de tres días al recurrente a fin de que subsane su recurso de apelación, y prosiga el trámite conforme a la doctrina legal establecida en la presente resolución.

A los efectos de lo previsto por el art. 420 del CPP, hágase conocer mediante fotocopias legalizadas el presente Auto Supremo a los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, para que por intermedio de sus Presidentes, pongan en conocimiento de los Jueces en materia penal de su jurisdicción, para el cumplimiento al deber contenido en el últimorrafo de esa norma, bajo apercibimiento.

Regístrese, hágase saber y devuélvase.

FDO.

Relator: M.sc. Olvis Eguez Oliva

Presidente de Sala Penal

Dr. Edwin Aguayo Arando

Magistrado de Sala Penal

M.Sc. Rommel Palacios Guereca

Secretario de Sala Penal