Admisión del recurso de casación.
El Tribunal de apelación por Auto Nº 371/2021 de 20 de agosto, de fs. 136, concedió el recurso de casación de fs. 124 a 119, interpuesto por el SENASIR, representado por su Directora General Ejecutivo a.i. Karina Vanessa Oropeza Peña; y cumpliendo con lo previsto en el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, con la facultad permisiva del art. 633 del RCSS y art. 55-III del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley Nº 065, admitiendo el recurso interpuesto por el SENASIR; que se pasa a resolver.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 37
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente: 597/2021-R
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento: La Paz
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
- Resolución de la Comisión de Reclamació
- REVOCÓ
- Auto de Vista
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
